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Concepto 914 de 15-10-2019

El CTCP reitera que las propiedades horizontales se encuentran obligadas a llevar contabilidad y deben clasificarse dentro de los grupos establecidos en el Decreto 2420 de 2015 y sus posteriores modificaciones. Cabe resaltar que los estados financieros presentados bajo el Decreto 2649 de 1993 se consideran ineficaces.

Fecha de publicación: 15 de octubre de 2019
Concepto 914 de 15-10-2019
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 914
Octubre 15 de 2019

El CTCP reitera que las propiedades horizontales se encuentran obligadas a llevar contabilidad y deben clasificarse dentro de los grupos establecidos en el Decreto 2420 de 2015 y sus posteriores modificaciones. Cabe resaltar que los estados financieros presentados bajo el Decreto 2649 de 1993 se consideran ineficaces.

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