La obligación de certificar y dictaminar estados financieros está prevista en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, y el mandato de efectuar una declaración explícita y sin reservas del cumplimiento de los marcos técnicos normativos plenos para pymes y para microempresas, se ajusta con la verificación de las afirmaciones contenidas en los estados financieros establecida en el artículo 37 de la citada ley.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 936
Noviembre 02 de 2017
La obligación de certificar y dictaminar estados financieros está prevista en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, y el mandato de efectuar una declaración explícita y sin reservas del cumplimiento de los marcos técnicos normativos plenos para pymes y para microempresas, se ajusta con la verificación de las afirmaciones contenidas en los estados financieros establecida en el artículo 37 de la citada ley.