El protesto es el procedimiento mediante el cual el portador del título reclama a la entidad financiera las razones por las cuales no le fue pagado el valor contenido en el mismo.
El protesto es el procedimiento mediante el cual el portador del título reclama a la entidad financiera las razones por las cuales no le fue pagado el valor contenido en el mismo.
Procedimiento o acto solemne a través del cual el tenedor del título valor pretende reclamar lo que este contiene, con base en la comprobación de que el obligado del mismo no puede o no quiere efectuar el pago. Es de iniciativa del portador del título cuando el librado ha hecho caso omiso a su obligación de cancelar el precio incluido en el mismo. Este acto va dirigido a comprobar la negativa del pago por parte del girado.
Se presenta cuando no existe ninguna restricción para cobrar el título; por ejemplo, si se trata de un cheque, en el momento en que el beneficiario se acerque a la ventanilla de la entidad bancaria y el cajero le informe que no existe orden de pago, o que la cuenta no tiene saldo suficiente, el beneficiario podrá indicar al funcionario del banco que hará uso de “protesto”. El funcionario anotará en el cheque la expresión “protesto”, así como también, las razones por las cuales no fue pagado el título, el lugar y la fecha de presentación de quien solicitó el pago, el número de la cuenta sin fondos, el nombre o razón social de la entidad bancaria y, por último, la firma o sello del representante del banco que realizó las anotaciones mencionadas.
El “protesto” de cheques que se encuentra contenido en el artículo 727 del Código de Comercio, indica que este no es diferente del “protesto” bancario, y señala que es el proceso de anotación al reverso de la hoja adherida al título, sobre las causales de negación, en el pago total o parcial del mismo por parte de la entidad bancaria.