A pesar de la caída de la Ley 1943 de 2018, usted debe tener en cuenta que la declaración de renta de personas jurídicas por el año gravable 2019 se deberá elaborar considerando los cambios introducidos por esta ley. En Actualícese hemos preparado un espacio de consulta especialmente para ti.
A pesar de la caída de la Ley 1943 de 2018, usted debe tener en cuenta que la declaración de renta de personas jurídicas por el año gravable 2019 se deberá elaborar considerando los cambios introducidos por esta ley. En Actualícese hemos preparado un espacio de consulta especialmente para ti.
El 16 de octubre del año en curso la Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 1943 de 2018. No obstante, el efecto de esta decisión regirá a partir del 1 de enero de 2020, por lo que la declaración de renta de personas jurídicas correspondiente al año gravable 2019 deberá realizarse considerando los cambios que introdujo esta Ley.
Entre los cambios más importantes podemos mencionar:
Pues bien, con el fin de que conozcas los principales aspectos que debes considerar para la elaboración de la declaración de renta de personas jurídicas por el año gravable 2019, te invitamos a que mañana, 20 de noviembre, a partir de las 9:00 a.m., participes de la transmisión en vivo de nuestro consultorio exclusivo, que contará con la dirección del Dr. Diego Guevara.
En este espacio se responderán las preguntas más frecuentes sobre el tema en mención, como, por ejemplo, cómo realizar la depuración del impuesto, con qué tarifa se paga, cuáles son los plazos establecidos para cumplir con esta obligación, entre otros.
¡No te lo puedes perder! Accede haciendo clic aquí.