Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conferencia: Indemnización por perjuicios en los fondos privados


Actualizado: 10 mayo, 2021 (hace 3 años)

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En el transcurso de esta conferencia, el Dr. Oscar Alirio Pardo explica por qué nació y a quién aplica la Sentencia SL373 del 10 de febrero de 2021.

Se trata de una nueva oportunidad que nace para los pensionados de los fondos privados y que piensan que han perdido una oportunidad de una mejora pensional.

Si un pensionado se considera lesionado en sus derechos por el incumplimiento de la administradora del deber de información, sufriendo por ello un perjuicio o disminución en el monto de su mesada pensional, tiene derecho a demandar la indemnización total de perjuicios a cargo de la administradora, para lo cual, aclara la Corte, el afectado tendrá un término máximo de tres años para incoar la acción de reparación, contado a partir del momento en que el daño es perceptible o apreciable, es decir, contados a partir del momento en que la administradora le reconoce la pensión.

Acerca del conferencista

Pardo es Economista con especialización en seguridad social. Cuenta con más de 20 años de experiencia en temas de seguridad social, pensionales y traslados de régimen. Actualmente se desempeña como gerente regional Cali de TG Consultores.

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