Responde Juan Fernando Mejía
¿Por qué una parroquia no debe reconocer contablemente las imágenes, pinturas ni otros elementos de culto?
¿Las parroquias deben aplicar los nuevos marcos contables de información financiera? Si lo hacen, ¿cómo reconocen las imágenes religiosas y demás activos? Estas y más inquietudes inherentes al tema será resueltas por Juan Fernando Mejía, especialista en Normas Internacionales e impuestos, información sobre la cual es de vital importancia tener absoluta claridad, pues omitir obligaciones contables también puede llevar a que la persona natural o jurídica sea objeto de sanción por la Superintendencia de Sociedades.