Cuando una entidad entrega ganado a un tercero para que lo levante a cambio de una participación en las ganancias, se genera un contrato de participación. En este editorial analizamos el tratamiento en los estados financieros de ambas partes con base en los lineamientos de la sección 15.
Cuando una entidad entrega ganado a un tercero para que lo levante a cambio de una participación en las ganancias, se genera un contrato de participación. En este editorial analizamos el tratamiento en los estados financieros de ambas partes con base en los lineamientos de la sección 15.
La sección 15 del Estándar para Pymes establece los requerimientos para el tratamiento de los negocios conjuntos. El párrafo 15.3 establece que un negocio conjunto es un acuerdo contractual mediante el cual dos o más partes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto. Los negocios conjuntos pueden tomar la forma de operaciones controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta, o entidades controladas de forma conjunta.
En el caso del ganado en participación, se le da el tratamiento requerido para los activos controlados conjuntamente. Un activo controlado conjuntamente da lugar a un contrato según el cual dos o más partes adquieren o aportan uno o varios activos sobre los cuales se desarrolla el negocio. No es requerido, aunque a veces ocurre, que la propiedad sea compartida.
Cuando se trata de activos controlados de manera conjunta, cada una de las partes debe reconocer:
En este tipo de contratos es imprescindible evaluar las cláusulas pactadas entre las partes, pues son esas cláusulas las que dan origen a los activos, pasivos, ingresos y gastos para cada una de las partes. Por lo anterior, no es posible establecer un tratamiento único y estandarizado para todos los contratos de participación, pues cada uno puede tener sus particularidades.
La Entidad Alfa SA firmó un contrato de participación sobre 100 cabezas de ganado con Royal SA. Alfa le entregará el ganado a Royal para que este último lo mantenga durante dos años. El costo de adquisición del ganado es de $100.000.000, y fue asumido por Alfa. Los costos de mantenimiento del ganado a lo largo de los dos años de levante son de $45.000.000 y serán asumidos por Royal.
Al final de los dos años, se venden las cabezas de ganado, Alfa y Royal tienen derecho a recuperar su inversión, y las ganancias se repartirán 60 % para Alfa y 40 % para Royal.
El contrato inició en enero de 2017, y finaliza en diciembre de 2018, mes en el cual se venden las reses por $200.000.000.
Al cierre de diciembre de 2017, el valor razonable de las cabezas de ganado era de $170.000.000, y los gastos incurridos por Royal ascendían a $32.000.000.
Adquisición del ganado por parte de Alfa:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Activos biológicos | $100.000.000 | |
Bancos | $100.000.000 |
Entrega del Ganado a Royal:
Ninguna de las dos partes debe contabilizar nada. El ganado sigue apareciendo en los estados financieros de Alfa, y no aparece en los estados financieros de Royal. Royal no tiene aún participación en el ganado, sino que participará del 40 % de las ganancias.
Alfa puede crear una subcuenta para contabilizar allí las reses que no tiene en su poder, y revelará que están en poder de Royal, en virtud del contrato de participación. Recuerde que la tenencia o la ubicación de un activo no determinan su contabilización.
Costos incurridos por Royal a lo largo del primer año:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Activos biológicos | $32.000.000 | |
Bancos o CXP | $32.000.000 |
Royal capitaliza los costos incurridos como un activo biológico, con esto refleja el costo en el que ha incurrido para desarrollar estos activos. Alfa no debe contabilizar ningún registro en relación con los costos incurridos por Royal.
Medición a diciembre de 2017
Al cierre de diciembre de 2017, la medición de los activos a valor razonable se debe ver reflejada en los estados financieros de cada una de las partes, en relación con su participación:
Valor razonable de los activos biológicos |
$170.000.000 |
A |
Costo de adquisición |
$100.000.000 |
B |
Costos de mantenimiento |
$32.000.000 |
C |
Utilidad por medición a valor razonable |
$38.000.000 |
D = A – B – C |
Participación Alfa |
$22.800.000 |
D x 60 % |
Participación Royal |
$15.200.000 |
D x 40 % |
Contabilización en Alfa:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Activos biológicos – Medición a valor razonable |
$22.800.000 |
|
Ingresos por medición a valor razonable de activos biológicos |
|
$22.800.000 |
Contabilización en Royal:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Activos biológicos – Medición a valor razonable |
$15.200.000 |
|
Ingresos por medición a valor razonable de activos biológicos |
|
$15.200.000 |
Costos incurridos por Royal a lo largo de 2018.
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Activos biológicos |
$13.000.000 |
|
Bancos o CXP |
|
$13.000.000 |
Alfa no debe reconocer ningún registro por concepto de los costos incurridos por Royal.
Venta del ganado (Royal vende el ganando directamente):
Valor de la venta |
$200.000.000 |
A |
Costos Alfa |
$100.000.000 |
B |
Costos Royal |
$45.000.000 |
C |
Ajuste a valor razonable |
$38.000.000 |
D |
Utilidad en la venta |
$17.000.000 |
E = A – B – C – D |
Participación Alfa |
$10.200.000 |
E x 60 % |
Participación Royal |
$6.800.000 |
E x 40 % |
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Ingresos por venta de activos biológicos (a) |
|
$67.000.000 |
CXC venta de activos biológicos (b) |
$200.000.000 |
|
CXP a Alfa por venta de activos en participación (c) |
|
$133.000.000 |
Activos biológicos – Costo |
|
$45.000.000 |
Activos biológicos – Medición a valor razonable |
|
$15.200.000 |
Costo de venta de activos biológicos |
$60.200.000 |
|
a. Los ingresos propios de Royal corresponden a los costos incurridos ($45.000.000) más su participación en la utilidad ($15.200.000 + $6.800.000 = $22.000.000).
b. Royal vende directamente al cliente, por lo cual la factura se elabora por $200.000.000
c. Corresponde al costo incurrido por Alfa ($100.000.000) más su participación en las utilidades ($22.800.000 + $10.200.000 = $33.000.000)
Nota sobre impuesto diferido:
Al corte del 31 de diciembre de 2017, cuando se lleva a cabo la medición a valor razonable, ambas entidades deben calcular el impuesto diferido relacionado con la base contable y fiscal de esta partida.
CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)
*Exclusivo para Actualícese