Respuesta de Juan David Maya la pregunta:
¿Las incapacidades mayores o iguales a tres días que reportan los empleados pueden ser contabilizadas por el empleador como una cuenta por cobrar y no como un gasto?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales señala que, desde el punto de vista laboral, las incapacidades de origen común deben ser cubiertas por la EPS, desde el día 3 hasta el 180, sobre el 66,66 % del salario. Lo anterior, siempre y cuando dicho valor no quede por debajo del equivalente al salario mínimo, pues los primeros 2 días los debe pagar el empleador sobre el mismo porcentaje, de conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Código Sustantivo del Trabajo.
Aclarado lo anterior, pasamos al reconocimiento contable, siguiendo los siguientes pasos: