Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

“Continuamente se ven fallos que favorecen a personas que no requieren protección reforzada”


“Continuamente se ven fallos que favorecen a personas que no requieren protección reforzada”
Actualizado: 16 julio, 2018 (hace 6 años)

Francisco Javier Echeverri, country manager de ManpowerGroup Colombia, habla en entrevista con Actualícese de las fisuras de la legislación nacional utilizadas para crear carteles de tráfico de incapacidades parciales o totales, que involucran a trabajadores, médicos y funcionarios judiciales.

Un puesto de trabajo para una persona está sujeto a que la empresa empleadora cuente con la productividad que le permita crecer, perdurar en el tiempo y generar empleo. Para ello, las empresas necesitan unas condiciones de seguridad, conocimiento del mercado, acceso a talento humano competente y productivo, además de una legislación donde los ciudadanos accedan a oportunidades de sustento y desarrollo humano a través del trabajo.

“Él pone en tela de juicio el tema de la protección laboral reforzada y la forma como han sido abordadas desde la justicia colombiana”

Para Francisco Javier Echeverri, country manager de ManpowerGroup Colombia, nuestro país presenta muchos obstáculos dentro del ámbito de las oportunidades de empleo y progreso, y uno de ellos es la incertidumbre jurídica. Para él, no todo se arregla emitiendo una ley, ni aplicando los códigos partiendo de la ideología y creencias de cada operador de la justicia, sea juez o magistrado. «Es fundamental ver el panorama completo del sistema económico, para saber cómo beneficiar al máximo a los ciudadanos que trabajamos gracias a lo que hacen las empresas. No estamos proponiendo condiciones lesivas para los derechos del trabajador, sino exponiendo un aspecto que, al afectar a las empresas, quita oportunidades de empleo y demuestra descoordinación legal y administrativa, y muchas veces, incluso, una mentalidad de corrupción».

Él pone en tela de juicio el tema de la protección laboral reforzada y la forma como han sido abordadas desde la justicia colombiana. Echeverri afirma que existe una diferencia de interpretación entre la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, a la hora de resolver estos casos. «Está claro que existe el derecho al trabajo, y que la persona en situación de debilidad manifiesta requiere protección para seguir siendo productiva y útil a la sociedad», dice.

Echeverri cita lo que dice el abogado laboralista, Charles Chapman, en su artículo “Estabilidad laboral reforzada de personas con limitación”:

«En la Constitución Nacional se consagran la igualdad real y efectiva de las personas y la estabilidad laboral, que el Estado debe establecer una política tendiente a la integración social de quienes estén en situación de disminución física, sensorial y síquica y que en general se debe obrar bajo el principio de solidaridad».

Estos puntos son la base de las posturas de la Corte Constitucional en cuanto a la protección laboral reforzada. Además, en 1997 apareció la Ley Klopatofsky, que considera los distintos grados de limitación a tener en cuenta para la casuística específica.

El artículo 26 toca el tema de la estabilidad laboral reforzada, pero la interpretación de algunos jueces y magistrados ha llevado a que muchas empresas eviten la contratación de personas con discapacidad, pues, aunque sea normal que en toda relación laboral se den despidos, cambios de puesto, entre otros, cuando estas situaciones suceden se presupone que se suspende el contrato por la discapacidad de la persona, «o se falla sin tener en cuenta las consecuencias en la viabilidad económica que sustenta a la empresa, lo que acarrea que muchas veces se dé protección reforzada a quien no la necesita o que incluso tengan lugar fraudes para lograr esas protecciones», recalca Echeverri.

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Cuando la justicia no favorece a quienes realmente lo necesitan

La Corte Suprema de Justicia determina la protección reforzada a partir del 15 % de pérdida de capacidad laboral, mientras la Corte Constitucional habla de “pérdida importante” de la misma capacidad; término sujeto a la libre interpretación. «En consecuencia, hemos visto continuos fallos que favorecen a personas que no requieren la protección, sea por una tergiversación de la compasión y la solidaridad, por demostración fraudulenta del grado de incapacidad de la persona o por aprovechamiento de las fisuras de la legislación para crear verdaderos carteles de tráfico de incapacidades parciales o totales, que involucran a trabajadores, médicos y funcionarios judiciales», señala Echeverri.

Por otro lado, la protección reforzada, mal entendida desde la legislación, trae situaciones absurdas, como la de un futbolista que, por una lesión, tuvo que ser, mediante un fallo legal, reinstalado en un trabajo que no puede realizar. Este recibe salario, pero no juega este deporte, y no hay una función concreta qué encomendarle en el equipo. Así mismo, se han dado protecciones reforzadas debidas a un juanete o a un hongo en una uña del pie.

«Hemos visto la compra de certificados fraudulentos de embarazo, simulación de caídas ignorando que hay cámaras que demuestran una actuación de la persona; incluso, se han inventado cánceres. Lo anterior, trae desconfianza en las relaciones entre las empresas y las personas», puntualiza Echeverri.

Echeverri dice que se deben considerar soluciones para la realidad anteriormente descrita. «Por ejemplo, la contribución del empleador podría ser asumir la seguridad social de un empleado que debe ser retirado, hasta tanto esta persona solucione su situación de salud o se encarguen de la misma las entidades del sistema. De otro lado, es posible pensar en una cotización adicional al sistema de seguridad social para garantizar una pensión temporal, mientras la persona se reubica con otro empleador o adquiere una pensión vitalicia, de acuerdo con las normas actuales», explica el country manager de ManpowerGroup Colombia.

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