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Contrato de trabajo vs. Contrato de prestación de servicios

En esencia, los contratos de trabajo se distinguen de los contratos de prestación de servicios por los siguientes aspectos: su naturaleza, la subordinación, los aportes al sistema de seguridad social y la actividad que se va a desempeñar con relación al objeto de la empresa.

Fecha de publicación: 21 de agosto de 2017
Contrato de trabajo vs. Contrato de prestación de servicios
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esencia, los contratos de trabajo se distinguen de los contratos de prestación de servicios por los siguientes aspectos: su naturaleza, la subordinación, los aportes al sistema de seguridad social y la actividad que se va a desempeñar con relación al objeto de la empresa.

Reconocer los aspectos con que se reconocen estos tipos de contrato es indispensable para no incurrir en equívocos al momento identificar la actividad que la empresa va contratar.

Características del contrato de prestación de servicios

  • Es de naturaleza civil o comercial.
  • Es una relación contractual.
  • Se pacta por escrito.
  • No es para cargos permanentes.
  • No hay subordinación.
  • No es obligatoria la prestación personal.
  • Se realiza de manera autónoma, autogestionaria (con recursos financieros, logísticos y maquinarias propias).
  • Su actividad es ajena al objeto de la empresa.
  • El pago de parafiscales corresponde al contratista.

Características del contrato de trabajo

  • Es de naturaleza laboral.
  • Es una relación laboral.
  • Se puede pactar de forma escrita o verbal.
  • Pueden ser cargos permanentes o transitorios.
  • Hay subordinación.
  • Es obligatoria la prestación personal.
  • El empleador provee todo para la prestación de la labor.
  • Su actividad está enmarcada en los objetivos y la misión de la empresa.
  • El pago de parafiscales corresponde al trabajador y al empleador.

Identificación de contrato simulado en prestación de servicios

Puede identificarse si el contratista está bajo un contrato de trabajo cuando:

  • Asiste diariamente a la empresa y cumple horario.
  • Sus actividades tienen que ver con labores de la empresa, ejemplo, secretarias, mensajeros, auxiliar de cartera, etc.
  • Su cargo es indispensable en la empresa, trabaja indefinidamente.
  • El contratante cancela los aportes en seguridad social integral.
  • Asiste a las capacitaciones y actividades de la empresa.

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