Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contratos a término fijo no pueden superar los tres años


Contratos a término fijo no pueden superar los tres años
Actualizado: 20 marzo, 2014 (hace 10 años)

En caso que supero los años años, un juez laboral lo interpretará como una cláusula ineficaz y se convertirá en un contrato indefinido, porque se pactó más allá de lo permitido por un contrato fijo. Otra cosa es hacer un contrato de un año que se prorroga sucesivamente muchísimas veces.

Brevemente respondamos la siguiente pregunta. Se hace un contrato laboral de 4 años entre Juan (empleador) y Pedro (trabajador). Se cumplen los elementos esenciales del art. 23. ¿Qué tipo de contrato es, indefinido o a término fijo? Ya que el código dice que en los contratos a término fijo no pueden pasarse de 3 años. Esta es la primer vez que contrata Juan y Pedro.

En Colombia existen dos tipos de contrato de trabajo: a término fijo y a término indefinido. ¿Y el contrato de obra labor? Sobre este sabemos cuando empieza y cuando va a terminar. Y este tipo de contrato va dentro de los contratos a término fijo.

Los contratos indefinidos son aquellos donde las partes deciden por escrito decir que es indefinido, o si no lo dicen por escrito se entiende que es indefinido, por regla general.

Ahora, al hablar de un contrato a término fijo la norma establece que debe estar por escrito. Se determina una labor específica a realizar y por ende se sabe cuando termina, o expresamente se fija una fecha de terminación.

Por escrito se pueden fijar fechas (un día, una semana, ocho días, seis meses) de terminación. La norma establece que en los contratos a término fijo, el contrato inicial (no confundir con prórroga) no puede superar tres años.

¿Y si se pasa de los tres años qué pasa?

Un juez laboral lo interpretará como una cláusula ineficaz y se convertirá en un contrato indefinido porque se pactó más allá de lo permitido por un contrato fijo.

Otra cosa diferente es hacer un contrato de un año que se prorroga sucesivamente muchísimas veces. Se puede presentar el caso de un empleado que lleva 10 años en la empresa, pero se le ha prorrogado el contrato sucesivamente, pero sigue siendo fijo por un año.

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