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Contribuyente, recuerde que la DIAN no controla retenciones de impuestos municipales


Contribuyente, recuerde que la DIAN no controla retenciones de impuestos municipales
Actualizado: 9 mayo, 2014 (hace 10 años)

Cuando se habla de información exógena se piden detalles de los impuestos que administra la DIAN. Las retenciones de renta, CREE o IVA se manejan directamente con la entidad mediante los diversos formatos existentes. Por otra parte, el ICA, por ejemplo,  no lo controla la DIAN sino el municipio.

En la información exógena solo se piden detalles de los impuestos que administra la DIAN. Por lo tanto, el formato 1001 está diseñado para que en él se incluyan los pagos a terceros y las retenciones de renta o de CREE que hayan practicado a dicho tercero durante el año 2013. Pero si a los mismos terceros les practicaron retenciones de ICA no van a figurar en el 1001, porque la DIAN no controla retenciones de impuestos municipales.

Si les queda algún saldo, por ejemplo, de retención de ICA por pagar a diciembre de 2013, ésta va a estar en el formato de los pasivos, 1008, 1009, de la información exógena, y el beneficiario del pasivo no es cada uno de los terceros a los que les hizo la retención sino el municipio al que le esta debiendo dicho saldo.

Lo mismo sucede con el IVA cuando se tiene un saldo por pagar a diciembre 31 de 2013. Éste es con la DIAN, a pesar de que esta cuenta 2408 del IVA tenga muchos terceros. El detalle de todos estos terceros de IVA generados e IVA descontables van en otros formatos, el 1005 y 1006, pero el saldo por pagar a diciembre de 2013 va en el formato de los pasivos y el beneficiario es la DIAN.

Quienes sí deben hacer en esta ocasión y por primera vez, muchos formatos de exógena, son las copropiedades comerciales o mixtas que durante el 2013 se convirtieron en contribuyentes declarantes de renta. Estas copropiedades comerciales o mixtas que se convirtieron en contribuyentes declarantes de renta, así sea en el régimen especial, si en el año 2012 tenían 100 millones de pesos de ingresos brutos o los superaban, los cuales incluso en el año 2012 no se podían verificar en ningún tipo de declaración de renta o de ingresos y patrimonio porque no la presentaban, pero los confirmaban era en la contabilidad, quedan en el universo de entes jurídicos con o sin ánimo de lucro que deben diligenciar los formatos 1001, 1005, 1006, etc. porque ya son entes jurídicos declarantes de renta.

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Una sugerencia

Contribuyente, no deje para lo último la subida de los archivos de exógena en el portal de la DIAN, porque de los que eran grandes contribuyentes hasta enero, salieron de la lista cerca de 5.000, por lo cual los vencimientos de exógena de ellos ya no son de los primeros sino que ingresan al listado de los vencimientos que comienzan el 7 de mayo.

En consecuencia se va a congestionar este periodo de 7 de mayo a 4 de junio con estos 5.000 declarantes o informantes de exógena que antes eran grandes contribuyentes y que ahora no lo son.

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