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«Control a despidos colectivos no se resuelve con una reducción de impuestos a las empresas»

Gustavo Cote afirma que otorgar mayores plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias no debe entenderse como una gabela para evadir el pago de impuestos.

Dian tendrá que ser inflexible frente a los casos de evasión que detecte en sus programas de fiscalización.

Fecha de publicación: 7 de abril de 2020
«Control a despidos colectivos no se resuelve con una reducción de impuestos a las empresas»
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gustavo Cote afirma que otorgar mayores plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias no debe entenderse como una gabela para evadir el pago de impuestos.

Dian tendrá que ser inflexible frente a los casos de evasión que detecte en sus programas de fiscalización.

Gustavo Cote, exdirector de la Dian, afirma que esta entidad tendrá que adoptar estrategias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones corrientes y ordinarias del año, por lo que deberá acudir a campañas de divulgación mostrando la importancia de aportar a los recursos públicos.

¿Cuál es su opinión sobre las medidas tributarias tomadas por parte del Gobierno nacional por el COVID-19?

Hasta el momento, el Gobierno nacional ha tomado medidas relacionadas con la prórroga de los plazos para cumplir con las obligaciones tributarias frente a los diferentes impuestos, lo que resulta apenas coherente con la cuasiparálisis de la generalidad de las actividades económicas y de la operación de las empresas, como consecuencia del aislamiento preventivo obligatorio.

Estas medidas han sido combinadas con las decisiones financieras para canalizar recursos a las micro, pequeñas y medianas empresas, buscando proteger los empleos. Además, deben ser conjugadas con aquellas orientadas a paliar las dificultades que afrontan la población más vulnerable y la tercera edad. Igualmente, han sido acertadas las disposiciones para garantizar la cadena de abastecimiento, en especial las relacionadas con alimentación y medicamentos.

Sin embargo, no debe perderse de vista las grandes afugias que en este momento está padeciendo la población que vivía del día a día, en donde encajan muchos desempleados y trabajadores independientes. Es urgente mirar también hacia este sector de colombianos no solo por parte del Estado, sino por todos los colombianos con mayor capacidad económica.

Hay que reconocer que en coordinación con los alcaldes ya se empezaron a tomar medidas para adaptar sitios como centros hospitalarios con el fin de estar preparados para asumir el panorama, no muy distante en días, de la grave situación que afrontará el sistema de salud. Esta tarea demanda urgentes recursos no solo para su instalación, sino para su sostenibilidad. Por ello, es urgente que el Gobierno eche mano al endeudamiento con organismos multilaterales de crédito, incluso con el Banco de la República, para contar con tales dineros públicos destinados a la atención de los damnificados por la pandemia.

A lo anterior se debe sumar la mano solidaria de las grandes empresas. Algunas ya se han manifestado, pero faltan otras que deben asumir el apoyo efectivo a la superación del problema, con donaciones específicas para la atención a la salud.

Hoy existe el beneficio del descuento en el impuesto de renta por donaciones efectuadas a contribuyentes del régimen tributario especial y a otros contribuyentes. Para estimular aún más este proceder, el Gobierno, en ejercicio de las facultades del estado de excepción vigentes, podría adoptar algún incentivo tributario adicional en renta por las donaciones entregadas a destinatarios iguales o diferentes, pero con este fin específico y con los controles del caso. Por razones obvias, también debería establecerse que dicho incentivo solo podría disfrutarse a partir del año gravable 2022.

Alcaldes han tomado medidas como aplazar el pago de impuestos en varias ciudades. ¿Son las personas naturales las más golpeadas en estos momentos?

A nivel municipal, y por las razones anteriormente expuestas, resulta también válido aplazar el pago de los tributos territoriales. Sobre la segunda parte de la pregunta, entendida como una valoración desde el punto de vista tributario entre los contribuyentes personas naturales y los contribuyentes personas jurídicas, hay que tener en cuenta que todos están sufriendo las consecuencias de la crisis, y todos en este momento están presentando dificultades para poder asumir el pago de sus impuestos en el corto plazo. Por ello, lo acertado de estas decisiones.

A los empresarios, los últimos años se les ha rebajado la carga tributaria. Debido al COVID-19, y para evitar que realicen despidos colectivos, ¿sería bien visto una mayor reducción de tributos para ellos?

El control a los despidos colectivos no se resuelve con una reducción de impuestos a las empresas. La solución pasa por proveerles recursos vía créditos blandos con períodos de gracia de varios meses y a muy bajos intereses.

Aquí juega un papel fundamental el sector financiero, quien tiene un colchón suficiente en las significativas utilidades de los años anteriores que, con seguridad, le permiten sacrificar en estos momentos el afán del negocio y sustituirlo por una actitud solidaria con los colombianos. También se requiere el control drástico por parte del Gobierno nacional para que los despidos no se produzcan.

Igualmente, y con el criterio de que “todos debemos poner para salvarnos”, podrían tomarse medidas de flexibilización que, sin sacrificar sustancialmente el ingreso de los empleados, les garantice los aportes para su salud y las de sus familias, así como los recursos suficientes para subsistir en estos meses de inactividad total o parcial, estableciendo, adicionalmente, para los empleadores que las pongan en práctica, el compromiso legal de mantener su vinculación en condiciones normales, como mínimo durante dos años después de superada la situación de anormalidad.

Plazos para el pago de impuestos fueron modificados. ¿De qué forma la Dian puede evitar que con estas facilidades no se caiga, en un mañana, en evasión y elusión?

El hecho de otorgar mayores plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias no puede entenderse como una gabela para aprovecharse indebidamente y evadir o eludir el pago de los impuestos.

“No puede perderse de vista que los impuestos son indispensables para que funcionen un sinnúmero de servicios que benefician a toda la sociedad”

Quienes así procedan estarían actuando de una manera absolutamente irresponsable. No puede perderse de vista que los impuestos son indispensables para que funcionen un sinnúmero de servicios que benefician a toda la sociedad.

¿La meta de recaudo tributario establecida por la Dian se verá seriamente comprometida?

El nuevo panorama mundial y nacional obligan a replantear todas las estimaciones que se habían formulado al comienzo del año. Los presupuestos con base en los cuales el Ministerio de Hacienda preparó el marco fiscal de mediano plazo han cambiado sustancialmente, empezando por el precio del petróleo y el alto valor del dólar.

Luego las autoridades de hacienda deben volver a barajar el horizonte fiscal, máxime cuando el aparato productivo está semiparalizado. Esta última circunstancia va a incidir, sin lugar a duda, de manera negativa en el recaudo tributario nacional.

Si no se cumple con esta meta, ¿la Dian deberá implementar estrategias como perseguir a morosos o a empresas que eluden el pago de impuestos?

La entidad rectora de los tributos nacionales tendrá que adoptar estrategias particulares para garantizar que se cumpla con las obligaciones corrientes y ordinarias del año. Para este fin, deberá acudir a campañas de divulgación que toquen el corazón de los colombianos y les haga ver desde el fondo de sus sentimientos de solidaridad la importancia que tiene aportar a los recursos públicos. Igualmente, tendrá que ser inflexible, frente a los casos de evasión que detecte en sus programas de fiscalización.

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