Pese a la obligación y beneficios de implementar normas internacionales para el control de calidad y los esfuerzos mancomunados de la JCC y el CTCP para capacitar al contador en este campo, muchos profesionales y empresas no aplican el estándar.
Pese a la obligación y beneficios de implementar normas internacionales para el control de calidad y los esfuerzos mancomunados de la JCC y el CTCP para capacitar al contador en este campo, muchos profesionales y empresas no aplican el estándar.
Luego de dar respuesta sobre qué es un sistema de control de calidad para los contadores públicos y sus diferencias básicas con las normas ISO, siguen interrogantes clave como: ¿qué utilidad tiene esta norma para el ejercicio profesional? y ¿cómo beneficia a los contadores?
Para ser honestos, por lo menos una buena parte de la responsabilidad al respecto de los bajos honorarios de la profesión es de los propios contadores. Esto sucede porque las condiciones se han prestado para favorecer la indulgencia en la realización de los trabajos. Las bajas barreras de entrada al ejercicio profesional, más la falta de supervisión y la ausencia de regulación sobre las normas técnicas de referencia en el campo de la calidad, han facilitado durante décadas el ofrecimiento de servicios a tarifas en muchos casos irrisorias.
Además, muchos empresarios, especialmente de pymes, no han comprendido la esencia de la revisoría fiscal y los beneficios que un ejercicio correcto traería a sus negocios.
Ante este panorama, es frecuente encontrar las siguientes deficiencias:
Estos son solo algunos de los aspectos que pueden afectar nuestro ejercicio. Desde luego hay muchos más, pero me he referido a los que, con más frecuencia, he observado en mi experiencia.
Pero, ¿qué tiene que ver el control de calidad con estos y otros elementos que puedan afectar el desempeño profesional?
La respuesta es: todo. Un sistema de control de calidad es transversal, afecta todo el desempeño de la firma. Si aplicamos íntegramente la NICC 1, estos y otros asuntos perjudiciales seguramente no van a suceder, porque todos ellos se encuentran tratados en el estándar.
Algunos de los efectos positivos de la aplicación del estándar son los siguientes:
Una encuesta realizada por la Junta Central de Contadores –JCC– el año pasado, reveló que de 137 firmas personas jurídicas solo el 15 % afirma estar aplicando la NICC 1. Cifra que es preocupante, considerando que se trata solo de quienes accedieron a la encuesta; además, se supone que el 100 % de las firmas debería estar aplicando los estándares. Adicional a lo anterior, en las visitas de inspección que ha efectuado la JCC se encuentra que más del 90 % de las firmas no están aplicando la norma de control de calidad.
En 2018, la JCC ha obtenido más recursos humanos para desarrollar su labor de inspección y ha desplegado esfuerzos en conjunto con el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– para capacitar a los contadores en este campo. Sin embargo, en el caso de algunos colegas es evidente la falta de conciencia sobre la importancia de este tema, no solo por el riesgo de sanción al que se exponen, sino por las ventajas indudables que tienen al aplicar la norma, en aras de garantizar un mejor servicio a sus clientes.
Soy partidario de que la supervisión efectiva, aun con las falencias que seguimos teniendo en materia regulatoria en nuestra profesión, subirá el nivel de calidad en el ejercicio, generando una depuración, y mejores honorarios para quienes estén mejor preparados.
Daniel Sarmiento P.
Socio Director Audit and Consulting Services SAS-SMS Colombia Expresidente JCC y exconsejero CTCP
Audit and Consulting Services S.A.S • SMS Bogotá
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*Exclusivo de Actualícese.com