Las pymes en Colombia van en la primera parte de su primer período de implementación plena; las organizaciones que hayan sido juiciosas con las indicaciones reglamentarias de la convergencia, deben contar a la fecha con unos documentos mínimos que aquí relacionamos.
La gran mayoría de las empresas Colombianas se clasifican en el Grupo 2 de la convergencia a Estándares Internacionales de Información Financiera, es decir en el grupo de las pymes; estas entidades, de acuerdo con el cronograma que les fue establecido, tuvieron durante el 2015 su período de transición y el 2016 es su primer período de aplicación plena. Por tal motivo, en cumplimiento de la intención del cronograma de convergencia y de facilitar los procesos internos de transformación de datos en todas las organizaciones nacionales, las entidades debieron ir atravesando varias etapas que finiquitaron con la expedición de los siguientes documentos clave:
En este documento la entidad debió consignar –al principio del proceso de convergencia–, los recursos asignados al proyecto, la competencia en toma de decisiones, el cronograma, las fechas límite y los procedimientos para la solución de diferencias en la interpretación del Estándar Internacional para Pymes.
Los Estándares Internacionales de Información Financiera son una guía para el tratamiento de la información contable; sin embargo, hay varias precisiones que dependerán de las cualidades específicas de cada organización y que por tanto deben ser establecidas internamente en un manual de políticas contables, que serán los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos específicos a los que acudirá la organización para la preparación de sus datos financieros. Cada una de las políticas contables adoptadas por la entidad debe estar adecuadamente sustentada.
La Sección 35 del Estándar Internacional para Pymes indicó que toda entidad que presente por primera vez estados financieros bajo esta norma, deberá elaborar un estado de situación financiera de apertura –ESFA–. En el caso de las pymes, este documento debió elaborarse con corte al 1 de enero del 2015 y para tal fin solamente se tomó como referencia el balance general dado que este refleja la situación financiera a dicha fecha de corte específico. Para efectos del proceso de convergencia, no son interesantes los datos ocurridos antes de la fecha de inicio del plan.
Al cierre del 2015, las pymes debieron realizar un cierre completo de información financiera bajo Estándares Internacionales, que aunque no fue la información válida para efectos legales durante dicho año, sí será fundamental para preparar los primeros estados financieros bajo el nuevo marco normativo en el 2016.
Así pues, el cierre del 2015 debió realizarse con la expedición de al menos un estado de situación financiera, un estado de resultados y resultado integral, un estado de cambios en el patrimonio, un estado de flujos de efectivo, y un informe de notas a los estados financieros; estos documentos pueden combinarse al menos de tres formas diferentes como lo explicamos en el editorial Juego completo de Estados Financieros para pymes.
Ahora bien, debe tenerse clara la precisión al respecto de que estos informes realizados al corte del 2015 no se consideran aún estados financieros, pues la condición necesaria para tal fin es que las cifras se presenten en períodos comparativos y esto solamente podrá lograrse al cierre del 2016.
Dado que la convergencia a Estándares Internacionales involucra todo un cambio de políticas contables, lo cual genera reclasificaciones y ajustes en los estados financieros, es necesario que la entidad recopile la documentación suficiente y documente, de manera clara y precisa, los cambios en sus estados financieros.