Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corrección de declaración de activos en el exterior sin liquidar y pagar sanción


Actualizado: 23 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Es posible realizar correcciones a una declaración de activos en el exterior sin liquidar y pagar sanción?

Resuelta  11 de  mayo de 2017

El Dr. Diego Guevara señala que la declaración de activos en el exterior es una declaración informativa que no liquida impuesto a cargo ni genera saldos a favor y que por lo tanto no genera sanción por corrección, pero sí sanción por extemporaneidad o por no declarar.

Esta declaración se encuentra consagrada en el artículo 607 del ET, del cual se destaca lo siguiente:

“Art. 607. Contenido de la declaración anual de activos en el exterior.

**-Adicionado- A partir de año gravable 2015, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios sujetos a este impuesto respecto de sus ingresos de fuente nacional y extranjera, y de SL patrimonio poseído dentro y fuera del país, que posean activos en el exterior de cualquier naturaleza, estarán obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior cuye contenido será el siguiente:

  1. El formulario que para el efecto ordene la UAE Dirección de Impuestos y Aduana, Nacionales -DIAN debidamente diligenciado.
  2. La información necesaria para la identificación del contribuyente.
  3. La discriminación, el valor patrimonial, la jurisdicción donde estén localizados, la naturaleza y el tipo de todos los activos poseídos a 1 de enero de cada año cuyo valor patrimonial sea superior a 3.580 UVT.
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,