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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Correcciones a declaraciones de retención, IVA e INC y el plazo para pagar los mayores valores


Correcciones a declaraciones de retención, IVA e INC y el plazo para pagar los mayores valores

Las nuevas versiones de los artículos 580-1 del ET y 402 del Código Penal solo conceden hasta 2 meses de plazo para hacer el pago de las declaraciones iniciales oportunas. Esto no aplicaría para las declaraciones iniciales extemporáneas ni para las correcciones que aumenten el valor a pagar.

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