Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional da visto bueno a régimen simple de tributación de Ley de financiamiento


Actualizado: 25 octubre, 2019 (hace 5 años)

La Sala Plena de la Corte Constitucional le dio el visto bueno al régimen simple de tributación de la Ley de Financiamiento que tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.

El régimen simple de tributación, al que podrán aplicar los pequeños tenderos, que actualmente beneficia a más de seis mil contribuyente, también se benefician los pequeños empresarios al exonerarlos del pago de algunos parafiscales, al igual que a quienes tienen ingresos anuales inferiores a los 2 millones 750 mil pesos para pagar todos sus impuestos en un solo formulario.

El demandante señalaba que el régimen simple de tributación dejaba sin efecto «la protección constitucional de la descentralización y autonomía territorial, al sentirse concertado un tributo de vital importancia para 1102 municipios y distritos del país como lo es el Impuesto de Industria y Comercio”.

La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 66 de la Ley de financiamiento que habla del tema porque la normativa tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre, mientras que surte en el Congreso el trámite para aprobar nuevamente y sin irregularidades de forma el articulado.

Los demandantes consideraban que no hubo suficiente publicidad respecto a la proposición acogida en la Cámara de Representantes para aprobar el texto acogido previamente por la plenaria del Senado de la República lo que, a su juicio, conllevó la afectación del principio de consecutividad, por la falta de los presupuestos necesarios para realizar el debate.

En la decisión, la Corte le dio plazo al Congreso para tramitar de nuevo la ley, hasta el 31 de diciembre. Si el primero de enero la ley no está aprobada entrará en vigencia la ley posterior.

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