Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional descartó reglamentación de Uber


Actualizado: 3 enero, 2018 (hace 6 años)

La Corte Constitucional se negó a la petición de dos hombres que acudieron al alto tribunal buscando la reglamentación de Uber en Colombia, lo que da para pensar que los días de la plataforma están contados.

Las personas aducían que en Uber encontraron la solución a sus problemas laborales, porque esta plataforma les permite adaptar la labor a los cuidados de su salud. Uno de ellos tiene una paraplejía y el otro cáncer de próstata, percances que no les permitían encontrar posibilidades laborales en el mercado laboral colombiano.

Aun con tales argumentos la respuesta del alto tribunal fue tajante: “en este caso, no fue posible identificar cuál era la situación jurídica específica susceptible de protección concreta”, diciendo que no encontró que con la reglamentación se dé garantía a los derechos que alegan vulnerados, como el mínimo vital.

Tras esto, el Ministerio de Transporte explicó que:

“(…) el Gobierno Nacional creó el nivel de lujo en la modalidad individual, a través del Decreto 2297 de 2015 y, para reglamentar lo anterior, el Ministerio expidió la Resolución No. 2163 de 2016”, lo que habilita plataformas para que soporte “empresas legalmente habilitadas para la atención del servicio en el nivel de lujo.”

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