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Corte Constitucional tumbó impuestos adicionales a ropa importada

La Corte Constitucional tumbó la medida que había sido incluida en dos artículos del Plan Nacional de Desarrollo. Los artículos inexequibles son el 274 y el 275.

Fecha de publicación: 31 de enero de 2020
Corte Constitucional tumbó impuestos adicionales a ropa importada
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Corte Constitucional tumbó la medida que había sido incluida en dos artículos del Plan Nacional de Desarrollo. Los artículos inexequibles son el 274 y el 275.

Con el argumento de que la decisión de imponer aranceles a las confecciones para proteger a la industria nacional no es potestad del Congreso sino del Ejecutivo, la Corte Constitucional tumbó la medida que había sido incluida en dos artículos del Plan de Desarrollo y que alcanzó a aplicarse durante 85 días.

Mientras Fenalco recibió bien el fallo, porque la medida encarecía hasta en 25 % las prendas de vestir, los confeccionistas sienten que quedaron “mal parados”, al advertir que podría presentarse una reducción en los empleos en el sector.

Los artículos inexequibles son el 274 y el 275 del Plan Nacional de Desarrollo aprobado el año pasado. El alto tribunal consideró que un arancel es solo potestad del Poder Ejecutivo y que, por lo tanto, no podía ser aprobado en una ley.

En consecuencia, tumbó el aumento en un 15 % al impuesto de las importaciones textiles cuyo precio fuera inferior o igual a 20 dólares el kilo.