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Corte declaró exequible la obligación de los Revisores Fiscales de denunciar actos de corrupción


Ficha técnica:

Actualizado: 21 marzo, 2012 (hace 12 años)

En su sentencia C-200 de marzo 14 de 2012, la Corte declaró exequible una frase contenida en la norma del numeral 5 del Art. 26 de la Ley 43 de 1990 adicionado con el Art. 7 de la Ley 1474 de julio de 2011 y que exige a los contadores denunciar actos de corrupción, so pena de que se les cancele su matrícula profesional. Para la Corte exigir que el Revisor denuncie actos de corrupción no viola el secreto profesional del Art. 74 de la Constitución ni de la misma Ley 43 de 1990.

Contenido

  • Comentarios a la decisión tomada por la Corte Constitucional en su sentencia C-200 de marzo 14 de 2012 con la que declara exequible una frase dentro del numeral 5 del Art. 26 de la Ley 43 1990 que exige a los contadores denunciar actos de corrupción.
  • Repaso sobre la sanción que también establece el artículo 658-1 del Estatuto Tributario a los Revisores Fiscales que no adviertan sobre irregularidades en las declaraciones que se presenten a la DIAN.

Diapositivas

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