Actualizado: 17 julio, 2018 (hace 6 años)
Así lo indica el artículo 72 del ET modificado por el artículo 51 de la Ley 1819 de 2016. La depreciación también debe restarse si las personas naturales determinan el costo fiscal de sus bienes raíces con el factor multiplicador del artículo 73 del ET también modificado por la reforma tributaria.
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