Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Criptomonedas, Bitcoin o monedas virtuales: funcionamiento de un negocio de alto riesgo


Criptomonedas, Bitcoin o monedas virtuales: funcionamiento de un negocio de alto riesgo

Tenga en cuenta que, según la normatividad nacional, el peso es el único medio de pago legal en Colombia. En consecuencia, este tipo de monedas no son un activo equivalente ni están respaldadas por el Banco de la República. Usuarios ya se han visto seriamente afectados.

“estas operaciones se caracterizan por ser seudoanónimas, presentan una alta dificultad para la identificación de sus beneficiarios finales, son poco trazables por las autoridades y no están respaldadas por bancos centrales”

La semana anterior la Superintendencia Financiera lanzó una nueva advertencia sobre los riesgos asociados a operaciones realizadas con monedas electrónicas virtuales, criptomonedas o bitcoin. Desde el punto de vista de la Superfinanciera, estas operaciones se caracterizan por ser seudoanónimas, presentan una alta dificultad para la identificación de sus beneficiarios finales, son poco trazables por las autoridades y no están respaldadas por bancos centrales.

Esta advertencia va de la mano con las realizadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI–, a través del documento “Directrices para un enfoque basado en riesgo para monedas virtuales” y por la Oficina Europea de Policía –Europol– en el documento “Socta –Europol del 2017”, como un instrumento que podría facilitar el manejo de recursos provenientes de actividades ilícitas, con delitos relacionados con el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.

Para la muestra un botón. La firma Me Coin se vio involucrada en una estafa por USD 300 millones en la ciudad de Medellín, cuando varios de sus 150.000 clientes denunciaron irregularidades. Esta organización engañó a las personas mediante falsas rentabilidades de hasta el 50% por la inversión realizada en criptomonedas.

Los usuarios afectados invirtieron entre $400.000 y $100.000.000 con el firme propósito de ver duplicada su inversión. La promesa era devolverles las ganancias a los usuarios al término de un mes, pero tan pronto pudo la firma recaudar una cuantiosa suma de dinero sus responsables desaparecieron sin dejar rastro alguno.

¿Qué dice la Superfinanciera sobre estas monedas?

  1. El peso es el único medio de pago legal en Colombia. En consecuencia, el bitcoin no es un activo equivalente ni está respaldado por el Banco de la República.
  2. Esta moneda no es considerada como una divisa por el Fondo Monetario Internacional –FMI– ni cuenta con el respaldo de los bancos centrales de otros países.
  3. Las monedas virtuales no se encuentran respaldadas por activos físicos, así que su valor de intercambio podría reducirse e incluso llegar a cero. Quienes invierten en estas se exponen a altas volatilidades en el precio del instrumento, dada la amplia especulación imperante.
  4. Ninguna de las plataformas transaccionales, al igual que los comercializadores de las monedas virtuales, se encuentran regulados por la ley colombiana, ni están sujetos al control, vigilancia o inspección de la Superfinanciera. Por lo general, dichas plataformas se domicilian en diferentes países, así que su regulación y vigilancia escapa al ámbito de la ley nacional.
  5. Las transacciones virtuales en plataformas son anónimas, lo cual permite que se utilicen para adelantar actividades ilícitas o fraudulentas como captaciones no autorizadas de recursos, lavado de dinero y financiación del terrorismo.
  6. No hay garantía de los estándares en los procesos de seguridad de estas plataformas, así que los usuarios se exponen a ser víctimas fáciles de hackers y perder su dinero sin la posibilidad de reclamar. En contraste, si se presenta una situación similar en la banca, el usuario puede quejarse a la misma entidad o a la Superintendencia Financiera.
  7. Los bancos no están autorizados para custodiar, invertir, ni intermediar con bitcoin. Por tanto, los ciudadanos tienen la responsabilidad de conocer y asumir los riesgos sobre las operaciones que lleven a cabo.
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Algunos datos sobre los Bitcoin

  1. El Bitcoin se creó en el 2009 y es usada para realizar transacciones especiales en el mundo financiero, pero sin apoyo físico para el intercambio monetario.
  2. Puede equivaler a una suma cercana a los US$1900 o 2.000 dólares.
  3. No cuentan con sucursales en el país, sino que operan de forma anónima y desde cualquier parte del mundo.
  4. Las personas y empresas involucradas en este negocio por lo general operan bajo seudónimos. De igual forma, organizan foros y encuentros “privados” en distintas plataformas tecnológicas para no dejar rastro.
  5. No existen mecanismos para obligar el cumplimiento de las transacciones con monedas virtuales.
  6. Las personas que negocian con monedas virtuales no están amparadas por algún tipo de garantía privada o estatal, ni sus operaciones son susceptibles de cobertura por parte del seguro de depósito.

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