Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cronograma de aplicación de las NIIF para Pymes


Actualizado: 20 agosto, 2014 (hace 10 años)

El cronograma de aplicación que deben cumplir las empresas que deban adoptar las NIIF para Pymes, se encuentra establecido en el artículo 3 del Decreto 3022 de 2013, en donde se mencionan las siguientes fechas:

  1. Período de preparación obligatoria: Comprende desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2014. Es el tiempo en el cual las empresas que  van a aplicar este nuevo marco técnico normativo, deben presentar un plan de implementación de dichas normas, de acuerdo con el modelo establecido para ello.
  2. Período de transición: Comprende desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2015. Durante este período deberá llevarse la contabilidad bajo los decretos 2649 y 2650 de 1993 y de acuerdo a toda la normatividad que rija la materia, para el cumplimiento de los requerimientos legales; sin embargo, simultáneamente, se deberá elaborar información financiera con el nuevo marco técnico normativo, que pueda ser utilizada a fin de elaborar estados financieros comparativos bajo el marco normativo mencionado.

En el inicio de este período, es decir, el 1° de enero de 2015, la entidad deberá presentar el Estado de Situación financiera de Apertura, en el que se medirán por primera vez de acuerdo con el nuevo marco técnico normativo los activos, pasivos y patrimonio que ésta posea.

  1. Últimos estados financieros conforme a los decretos 2649 y 2650 de 1993 y demás normatividad vigente: Se prepararán con corte de diciembre 31 de 2015.
  2. Periodo de aplicación: Está comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016. Es el tiempo en cual, por primera vez, se llevará la contabilidad bajo el nuevo marco técnico normativo.

A partir de dicha fecha, perderán vigencia los decretos 2649 y 2650 de 1993, por lo que la información que sea llevaba en la contabilidad bajo esa normatividad, no tendrá efecto legal alguno.

  1. Fecha de reporte: Será el 31 de diciembre de 2016, momento en el que se deberán presentar los primeros estados financieros de acuerdo con el nuevo marco técnico normativo.

Línea del tiempo Niif pymes

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