Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

CTCP: funciones, facultades y posición de este frente a otros organismos


CTCP: funciones, facultades y posición de este frente a otros organismos
Actualizado: 10 agosto, 2017 (hace 7 años)

En el gremio contable hay quienes desconocen las funciones y facultades del CTCP; después de unas afirmaciones presentadas el pasado 8 de agosto, este organismo emite un comunicado respecto a sus funciones y facultades. En este editorial le explicamos cuáles son.

El pasado jueves 3 de agosto de 2017 se desarrolló en las instalaciones de la Universidad Central en Bogotá el conversatorio sobre revisoría fiscal y aseguramiento de la información; este espacio, aparte de reunir estudiantes y profesionales contables, permitió el diálogo y la interacción activa tanto entre los asistentes, a partir de sus diferentes posturas, como de la comunidad virtual, específicamente de los usuarios de las redes sociales.

En el desarrollo de las actividades el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– se vio en la necesidad de informar una vez más sus funciones y facultades, debido al desconocimiento que se percibe en el público en general.

Así, conscientes de esa problemática, y haciendo eco de lo declarado por el CTCP, en este editorial orientaremos a los usuarios para qué conozcan qué actividades desempeña el CTCP, cuál es su naturaleza, qué facultades se le ha otorgado y cuál es su posición frente a otros organismos.

Autoridades de regulación y normalización técnica

La Ley 1314 de 2009 regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia; esta ley, en su artículo 6 aclara que el presidente de la república faculta a la Contaduría General de la Nación, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (los cuales podrán trabajar de forma conjunta para cumplir este fin) para la expedición de principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera.

“la función del CTCP como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, es presentar propuestas”

Adicionalmente, en este artículo se menciona que la función del CTCP como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, es presentar propuestas ante los ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio Industria y Turismo para que estos entren a considerarlas y trabajen con estas herramientas en conjunto para la expedición de normas, todo con el fin de apoyar el proceso de convergencia e implementación de Estándares Internacionales.

Vale la pena aclarar que, de acuerdo a lo anterior, el CTCP tiene la responsabilidad desde el estudio de los Estándares Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento, de brindar apoyo técnico al Gobierno a través de las autoridades mencionadas anteriormente, mas no de expedir normas, en otras palabras, no tiene una función reglamentaria.

Ahora bien, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, el CTCP deberá enviar a los ministerios mencionados, al menos una vez cada seis meses, para su difusión, un programa de trabajo que contenga y explique las propuestas y proyectos que se encuentren en curso o se quieran emprender. Al respecto, el artículo también menciona que el CTCP debe tener en cuenta las diferencias que existan entre las empresas (objeto social, tamaño, estructura organizacional, número de empleados) con el fin de que sus propuestas sean razonables y se ajusten a las circunstancias actuales de las mismas.

Funciones del CTCP

De acuerdo a lo mencionado anteriormente, y conforme a la información contenida en el Decreto 3567 de 2011, las siguientes, son las funciones de este organismo:

  • Realizar propuestas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al de Comercio, Industria y Turismo para la expedición de principios, normas, guías e interpretaciones en materia contable.
  • Elaborar al menos una vez cada seis meses un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que estén en curso.
  • Establecer los comités técnicos ad-honorem (sector financiero, sector real, Pymes, sistema documental y mesa educativa), y de expertos (aseguramiento, Estándares Internacionales, NAI, tributario, valuación de activos y pasivos y cooperativo) que resulten necesarios para el desarrollo de sus funciones.
  • Asistir y participar en las reuniones que adelanten instituciones internacionales para elaborar normas internacionales de contabilidad de información financiera y de aseguramiento.
  • Revisar la concordancia entre las normas expedidas para el proceso de convergencia y las que adelanten los ministerios mencionados.
  • Buscar la participación de expertos en la materia y coordinar con el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo el registro y la difusión de estas colaboraciones.
  • De acuerdo al impacto que tiene el reconocimiento, medición y revelación de información bajo Estándares Internacionales, el CTCP debe considerar las recomendaciones realizadas por la DIAN u otros organismos que ejercen funciones de inspección, vigilancia o control.
  • Coordinar con las universidades y los ministerios mencionados la divulgación, conocimiento, comprensión y aplicación de las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento.
  • Presentar anualmente un informe de gestión.
  • Garantizar que sus actividades se realicen y la información de las mismas se mantenga en medios electrónicos.

Para finalizar, exponemos algunas tareas que permiten aclarar la naturaleza y esencia del CTCP. Como organismo de orientación técnica contable este:

  • Emite conceptos resolviendo las diferentes inquietudes que resultan de la aplicación de Normas Internacionales de Información Financiera o de aseguramiento de la información.
  • Resuelve las diferencias técnico contables entre contadores públicos y revisores fiscales.
  • Es un organismo público de normalización técnica de normas contables, sin personería jurídica, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
  • No atiende las consultas que tienen que ver con la aplicación de las normas a instituciones de carácter público ya que estas son atendidas por la Contaduría General de la Nación.
  • No está facultado para expedir tarjeta profesional, debido a que esta es una función de la Junta Central de Contadores.

Para conocer más información sobre el CTCP y los documentos que ha emitido, puede acceder al siguiente enlace  http://www.ctcp.gov.co/index.php

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