En el gremio contable hay quienes desconocen las funciones y facultades del CTCP; después de unas afirmaciones presentadas el pasado 8 de agosto, este organismo emite un comunicado respecto a sus funciones y facultades. En este editorial le explicamos cuáles son.
En el gremio contable hay quienes desconocen las funciones y facultades del CTCP; después de unas afirmaciones presentadas el pasado 8 de agosto, este organismo emite un comunicado respecto a sus funciones y facultades. En este editorial le explicamos cuáles son.
El pasado jueves 3 de agosto de 2017 se desarrolló en las instalaciones de la Universidad Central en Bogotá el conversatorio sobre revisoría fiscal y aseguramiento de la información; este espacio, aparte de reunir estudiantes y profesionales contables, permitió el diálogo y la interacción activa tanto entre los asistentes, a partir de sus diferentes posturas, como de la comunidad virtual, específicamente de los usuarios de las redes sociales.
En el desarrollo de las actividades el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– se vio en la necesidad de informar una vez más sus funciones y facultades, debido al desconocimiento que se percibe en el público en general.
Así, conscientes de esa problemática, y haciendo eco de lo declarado por el CTCP, en este editorial orientaremos a los usuarios para qué conozcan qué actividades desempeña el CTCP, cuál es su naturaleza, qué facultades se le ha otorgado y cuál es su posición frente a otros organismos.
La Ley 1314 de 2009 regula los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información aceptados en Colombia; esta ley, en su artículo 6 aclara que el presidente de la república faculta a la Contaduría General de la Nación, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (los cuales podrán trabajar de forma conjunta para cumplir este fin) para la expedición de principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera.
Adicionalmente, en este artículo se menciona que la función del CTCP como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, es presentar propuestas ante los ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio Industria y Turismo para que estos entren a considerarlas y trabajen con estas herramientas en conjunto para la expedición de normas, todo con el fin de apoyar el proceso de convergencia e implementación de Estándares Internacionales.
Vale la pena aclarar que, de acuerdo a lo anterior, el CTCP tiene la responsabilidad desde el estudio de los Estándares Internacionales de Información Financiera y de Aseguramiento, de brindar apoyo técnico al Gobierno a través de las autoridades mencionadas anteriormente, mas no de expedir normas, en otras palabras, no tiene una función reglamentaria.
Ahora bien, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1314 de 2009, el CTCP deberá enviar a los ministerios mencionados, al menos una vez cada seis meses, para su difusión, un programa de trabajo que contenga y explique las propuestas y proyectos que se encuentren en curso o se quieran emprender. Al respecto, el artículo también menciona que el CTCP debe tener en cuenta las diferencias que existan entre las empresas (objeto social, tamaño, estructura organizacional, número de empleados) con el fin de que sus propuestas sean razonables y se ajusten a las circunstancias actuales de las mismas.
De acuerdo a lo mencionado anteriormente, y conforme a la información contenida en el Decreto 3567 de 2011, las siguientes, son las funciones de este organismo:
Para finalizar, exponemos algunas tareas que permiten aclarar la naturaleza y esencia del CTCP. Como organismo de orientación técnica contable este:
Para conocer más información sobre el CTCP y los documentos que ha emitido, puede acceder al siguiente enlace http://www.ctcp.gov.co/index.php