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CTCP se pronuncia sobre contabilización del Paef

Consejo Técnico de la Contaduría Pública estableció la forma en que se debe contabilizar los recursos recibidos del Paef.

Fecha de publicación: 13 de julio de 2020
CTCP se pronuncia sobre contabilización del Paef
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública estableció la forma en que se debe contabilizar los recursos recibidos del Paef.

Alrededor de la contabilización del subsidio de nómina, auxilio contemplado por el Paef, creado por el Decreto 639 de 2020, el CTCP ha señalado en su Concepto 0477 del 12 de mayo de 2020 que la contabilización ha de ser conforme a lo señalado en los marcos normativos aplicables a cada grupo de empresa.

El CTCP– explica que los recursos recibidos del Paef corresponden a una subvención del Gobierno que se debe contabilizar según siguientes normas:

  • NIC 20, en el caso de las entidades del grupo 1 de convergencia.
  • Sección 24 del Estándar para Pymes, en el caso de las entidades de los grupos 2 y 3 de convergencia. Esto último por cuanto el marco normativo de las microempresas (grupo 3) no contiene requerimientos específicos sobre las subvenciones.

Igual tratamiento contable tendrá que aplicarse a los recursos recibidos por el subsidio a la prima de servicios, consagrado en el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios –PAP-.