Mediante el artículo 772-1 del ET se solicita un informe de los saldos bajo Estándares Internacionales y las normas fiscales, con base en un sistema de control que explica las diferencias entre los nuevos marcos normativos y cada una de las disposiciones establecidas en el ET.
Mediante el artículo 772-1 del ET se solicita un informe de los saldos bajo Estándares Internacionales y las normas fiscales, con base en un sistema de control que explica las diferencias entre los nuevos marcos normativos y cada una de las disposiciones establecidas en el ET.
El 13 y 14 de diciembre en Bogotá, Actualícese realizará el evento presencial Conciliación fiscal 2017 y aplicación del sistema de control de diferencias en el cálculo del impuesto diferido – 2 días. El Dr. Juan Fernando Mejía actualizará a los asistentes en aspectos como: normatividad vigente aplicable a la conciliación fiscal y los sujetos obligados a presentar dicho reporte; efectos tributarios de la adopción fiscal de los Estándares Internacionales y las estrategias de planeación tributaria que deben ser consideradas para evitar una mayor carga fiscal.
De igual manera, se responderán preguntas como: ¿En qué casos se aplica la remisión tributaria a los marcos técnicos normativos contables, y los aspectos que no están aceptados en el reporte fiscal?, ¿Cómo se realiza el diligenciamiento de los formatos de conciliación fiscal para el año gravable 2017?, ¿Cómo se deben enfrentar las fiscalizaciones tributarias en materia de la indagación de las diferencias entre las normas fiscales y contables?
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