Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuales personas naturales no declararían sus bienes raíces por el Avalúo Catastral? – Conferencia Virtual


Actualizado: 17 octubre, 2006 (hace 18 años)

Aquí hablaremos sobre...

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Duración: 14 minutos 55 segundos

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¿De qué se trata esta conferencia?

De conformidad con la norma tributaria vigente, al momento de definir el valor patrimonial por el cual se denuncian los bienes raices en la declaración anual del impuesto de renta, algunas personas naturales no tendrían que tomar en cuenta el dato del avaluo catastral que tengan dichos bienes raices a dic.31 mientras que otras sí lo tendrían que tomar en cuenta.

En esta conferencia efectuamos el análisis y aplicación practica de dicha norma.

Contenido

  1. Repaso de la norma contenida en el art.277 del ET relacionada con el valor patrimonial por el cual se deben declarar los bienes raíces
  2. Desarrollo de casos prácticos para demostrar como influye el “avalúo catastral” a la hora de definir el valor patrimonial de los bienes raíces

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