Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuando se habla de reformas internas en P.H. no se necesita consentimiento de nadie


Cuando se habla de reformas internas en P.H. no se necesita consentimiento de nadie
Actualizado: 20 junio, 2013 (hace 11 años)

Pero si se van a hacer modificaciones que alteren fachadas de la copropiedad sí se necesita autorización previa de la propiedad horizontal. Tenga en cuenta cumplir con las condiciones sanitarias, salubres y de tranquilidad.

Resolvamos la siguiente inquietud. En una propiedad horizontal, ¿es legal por reglamento exigir el paz y salvo por concepto de expensas comunes al propietario para poder hacer reformas en su bien privado?

Depende. Si yo pretendo hacer una reforma externa a mi bien privado, casa o apartamento, hay que recordar que las fachadas, las paredes aparentemente son míos pero en realidad son bienes comunes de la P.H.

De tal manera que si yo pretendo alterar fachadas se necesita autorización previa de la P.H., no del administrador sino de la asamblea de propietarios porque es una reforma de fachadas.

Si voy a hacer una plancha para otro piso o voy a construir un balcón necesita el consentimiento de la P.H. y como el propietario está en mora, «dio papaya» para que le digan que no.

Pero si estamos hablando de reformas internas que no afectan columnas estructurales, usted no necesita pedirle permiso a nadie, así se encuentre en mora. Las baldosas, el enchape de la cocina, en fin. Obviamente se deben cumplir con condiciones saniatarias, salubres y de tranquilidad. Debo emitir un nivel de ruido que no supere aquel que no es permitido.

Puedo reformar, pero por el hecho de tener la libertad no quiere decir que voy a tumbrar la cocina a las 3:00 am. Sentido común por favor.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,