Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuentas corrientes comerciales según el Estándar Internacional


Actualizado: 31 agosto, 2016 (hace 8 años)

Las cuentas corrientes comerciales representan saldos por cobrar (o por pagar en los casos en que son pasivas) provenientes de la ejecución de contratos con otras entidades, en virtud de los cuales se ha acordado realizar cargos y abonos a nombre de la contraparte, se establecen mecanismos de conciliación y compensación, y el contrato es bilateral, oneroso y de ejecución continua.

En relación a este tipo de transacciones, la entidad deberá considerar:

  • La obligación de tener adecuadamente documentados los contratos y controladas todas las operaciones que se realicen en virtud de estos.
  • Claridad en si las transacciones se realizan con partes relacionadas o con particulares. Si las transacciones son con particulares, las revelaciones sobre estas se limitarán a los requerimientos sobre reconocimiento, medición y revelaciones establecidas en el Estándar Internacional para Pymes.
  • Si las transacciones son con partes relacionadas, la entidad debe cumplir también con los requerimientos de información a revelar establecidos en la Sección 33 de información a revelar sobre partes relacionadas.

Finalmente, cuando se realice la evaluación de las cuentas corrientes comerciales para su inclusión o ajuste a la información financiera gestionada según los nuevos marcos normativos para la preparación de información contable, la entidad deberá evaluar cada transacción ciñéndose a las indicaciones del Estándar Internacional para Pymes, con el fin de darle el tratamiento anterior según los requerimientos de la norma.

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