Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuota de sostenimiento para aprendices: sanciones para empresas que no la pagan


Actualizado: 20 julio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Luis Miguel Merino

¿Cuáles son los efectos laborales de no reconocer la cuota de sostenimiento y demás beneficios a las personas contratadas por una empresa a través de un contrato de aprendizaje?

Pregunta resuelta julio 10 de 2020

Las empresas obligadas a contratar aprendices tienen la obligación de reconocer la denominada cuota de sostenimiento, pues así lo establece el artículo 32 de la Ley 789 de 2002. Dicha cuota varía cada año y se determina conforme a la tasa desempleo reportada por el Dane y de acuerdo con la fase de estudio que esté cursando el aprendiz.

En este espacio además podrás conocer, con la intervención del abogado Luis Miguel Merino, especialista en Derecho Laboral, qué tipo sanciones de carácter pecuniario deben asumir las empresas cuando no pagan la cuota de sostenimiento o lo hacen de manera incorrecta.

 

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