Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración anual de activos en el exterior del año gravable 2019: novedades


Actualizado: 29 mayo, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál fue el plazo especial que la Ley 2010 de 2019 le concedió a quienes tienen declaraciones de activos en el exterior de años 2019 hacia atrás pendientes de presentar de forma que las pudieran presentar con una sanción de extemporaneidad reducida?

Pregunta resuelta mayo 21 de 2020

La declaración anual de activos en el exterior, que recae sobre las personas jurídicas y naturales, debe ser presentada por los contribuyentes en los términos de lo establecido en el artículo 607 del Estatuto Tributario, normativa que fue modificada por el artículo 109 de la Ley 2010 de 2019. Es de anotar que el incumplimiento de esta obligación fiscal puede acarrear las sanciones por no declarar y por extemporaneidad fijadas en los artículos 641 y 643 del Estatuto Tributario.

Dicho lo anterior, abrimos el siguiente espacio para el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, quien explicará si existen o no novedades en la elaboración y presentación de la declaración anual de activos en el exterior del año gravable 2019.

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