La declaración anual de activos en el exterior es una obligación de carácter informativo que recae sobre los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, tanto del régimen ordinario como del régimen especial si a 1 de enero de cada año poseen activos en el exterior.
La declaración anual de activos en el exterior es una obligación de carácter informativo que recae sobre los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, tanto del régimen ordinario como del régimen especial si a 1 de enero de cada año poseen activos en el exterior.
Por medio del artículo 43 de la Ley 1739 de 2014 se adicionó el artículo 607 al Estatuto Tributario –ET–, a través del cual se creó la declaración anual de activos poseídos en el exterior, que se estructura como una declaración de carácter informativo cuya obligación recae sobre los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementaros respecto de la posesión de activos en el exterior a enero 1 de cada año.
En este sentido, es importante tener en cuenta que los plazos para cumplir con esta obligación tributaria en el 2019 depende del tipo de declarante, pues, de acuerdo con lo indicado en el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto único 1625 (modificado por el artículo 1 del Decreto 2442 de 2018), los grandes contribuyentes tendrán entre el 9 y el 25 de abril; las personas jurídicas, desde el 9 de abril hasta el 10 de mayo; y las personas naturales, desde el 6 de agosto hasta el 17 de octubre.