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Declaración de activos en el exterior: el 8 de octubre inician vencimientos


Declaración de activos en el exterior: el 8 de octubre inician vencimientos
Actualizado: 2 octubre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Obligados a presentar la declaración
  • Formulario y procedimiento para presentarla
  • Sanción por no presentar la declaración

A partir del 8 de octubre y hasta el 22 de octubre del 2015 vencen los plazos para presentar la declaración de activos en el exterior, la cual deberá ser presentada por quienes posean activos en el exterior de cualquier naturaleza por montos iguales o superiores a $1000.

Desde el próximo 8 de octubre y hasta el 22 de octubre del 2015 se vencerán los plazos para la presentación de la declaración anual de activos en el exterior; los vencimientos obedecen al último dígito del NIT del declarante que aparece en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, de la siguiente manera:

Si el último dígito es

Hasta el día

1

08 de octubre del 2015

2

09 de octubre del 2015

3

13 de octubre del 2015

4

14 de octubre del 2015

5

15 de octubre del 2015

6

16 de octubre del 2015

7

19 de octubre del 2015

8

20 de octubre del 2015

9

21 de octubre del 2015

0

22 de octubre del 2015

Obligados a presentar la declaración

La declaración anual de activos en el exterior debe ser presentada por las personas naturales y jurídicas, que a primero de enero de cada año gravable tengan activos en el exterior de cualquier naturaleza por montos iguales o superiores a $1.000.

“El 14 de septiembre del 2015 la DIAN emitió la Resolución 00096 a través de la cual prescribió el formulario 160, en el cual se deberá presentar la declaración anual de activos en el exterior”

Cuando el obligado a presentar la declaración posea activos en el exterior a enero 1 del 2015 que estén entre $1.000 y $101.239.000 (3.580 UVT), suministrarán solo información sobre la ubicación de los mismos, su naturaleza y su valor patrimonial. Pero aquellos que posean activos en el exterior por valor superior a 3580 UVT (para el 2015 equivale a $101.239.000), deberán informar en la declaración el valor patrimonial, identificación, jurisdicción en donde están localizados, naturaleza (si es fijo o movible) y tipo de activo.

Formulario y procedimiento para presentarla

El 14 de septiembre del 2015 la DIAN emitió la Resolución 00096 a través de la cual prescribió el formulario 160, en el cual se deberá presentar la declaración anual de activos en el exterior. Los obligados a presentarla solo podrán hacerlo de forma virtual, por lo que se requiere que la persona natural declarante, o el representante legal en el caso de las personas jurídicas, debe asegurarse de contar con el mecanismo de firma digital.

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Sanción por no presentar la declaración

Los contribuyentes que no presenten la declaración de activos en el exterior, podrán ser sancionados por la DIAN hasta por 15.000 UVT, dependiendo de los siguientes criterios:

  • Hasta del cinco por ciento (5%) de las sumas respecto de las cuales no se suministró la información exigida, se suministró en forma errónea o se hizo en forma extemporánea.
  • Cuando no sea posible establecer la base para tasarla, o la información no tenga cuantía, hasta del cero punto cinco por ciento (0.5%) de los ingresos netos. Si llegado el caso no existen ingresos, entonces se tomará hasta del cero punto cinco por ciento (0.5%) del patrimonio bruto del contribuyente o declarante, correspondiente al año inmediatamente anterior o última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio.

La sanción se puede reducir de la siguiente manera:

  • Al diez por ciento (10%) de hasta el cinco por ciento (5%) de las sumas omitidas en la información exigida, suministrada de manera equivocada o presentada de manera extemporánea, si la omisión es corregida antes que se notifique la imposición de la sanción.
  • Al veinte por ciento (20%) de tal suma, si la omisión es corregida dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha en que se notifique la sanción.

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