Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de impuesto a la riqueza para contribuyente con patrimonio superior a $1.000 millones


Actualizado: 8 abril, 2016 (hace 8 años)

El patrimonio líquido de un contribuyente a 1 de enero del 2015 fue superior a $1.000 millones antes de aplicar las exclusiones, pero al hacerlo se redujo a una cifra muy inferior a la contemplada por la norma, por lo que el contribuyente no presentó la declaración del año gravable del 2015. ¿Debe el contribuyente presentar la declaración del impuesto a la riqueza de año gravable 2015? De ser así, ¿sobre cual valor debe calcular la sanción por extemporaneidad, si al liquidar el impuesto no arrojaba saldo a pagar? R/ Art. 9 Ley 1739, creó art. 298-8, y allí se remite al 298-2

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