Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de ingresos del exterior por residente que tiene doble nacionalidad


Actualizado: 26 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Cómo se debe declarar los ingresos provenientes de Estados Unidos por pensión para un residente nacional que tiene doble nacionalidad?

Resuelta 11 de Mayo  de 2017

El Dr. Diego Guevara aclara que cuando una persona es residente en Colombia, para efectos tributarios, debe declarar los ingresos de fuente nacional y extranjera en su respectiva declaración de renta.

Adicionalmente, se debe estudiar la siguiente normatividad, artículo 206 del ET y el Concepto 58213 de 2014.

De la norma anterior se destaca lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 206 del ET, esto es:

“Las pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre Riesgos Profesionales, hasta el año gravable de 1997. A partir del 1 de Enero de 1998 estarán gravadas sólo en la parte del pago mensual que exceda de 1.000 UVT.**

El mismo tratamiento tendrán las Indemnizaciones Sustitutivas de las Pensiones o las devoluciones de saldos de ahorro pensional. Para el efecto, el valor exonerado del impuesto será el que resulte de multiplicar la suma equivalente a 1.000 UVT**, calculados al momento de recibir la indemnización, por el número de meses a los cuales ésta corresponda.”

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