Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de renta por colombiano que tiene un bien inmueble en Colombia, pero vive en exterior


Actualizado: 11 agosto, 2017 (hace 7 años)

Un colombiano que vive en el exterior por más de 183 días y que en el 2016 adquirió un inmueble en Colombia por valor de $ 370 millones, ¿estaría obligado a declarar por el año gravable 2016?

Resuelta 03 de Agosto de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, menciona que para dar repuesta al interrogante se debe estudiar muy bien lo que establece el artículo 10 del Estatuto Tributario, norma que en particular se refiere a la residencia para efectos tributarios.

Ahora bien, si después de analizar la norma en mención se concluye que la persona es residente, esta quedará obligada a declarar renta, tanto por los ingresos de fuente nacional como los ingresos de fuente extranjera.

Finalmente, se establece que si se trata de un no residente que no obtuvo ingresos durante el año gravable 2016 en Colombia, este no tendrá la obligación de declarar renta así supere los valores por patrimonio bruto.

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