Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaraciones tributarias que requieren firma del contador público


Actualizado: 8 mayo, 2015 (hace 9 años)

Para que las declaraciones tributarias sean presentadas de manera válida, deben contener una información mínima establecida en el Estatuto Tributario para cada una de ellas.

Aunque cada declaración debe contener una información específica dependiendo del impuesto que se va a declarar, éstas deben ser presentadas en el formulario que para tal fin define la DIAN y deben ser firmadas por quien cumple el deber formal de declarar; todas coinciden en el mismo requisito:

La declaración tributaria deberá ser presentada con la firma del contador público (vinculado laboralmente o no a la empresa) cuando:

  • En el caso de la declaración de renta, el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable, o los ingresos brutos del respectivo año, sean superiores a 100.000 UVT*.
  • En el caso de la declaración de ingresos y patrimonio, el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable, o los ingresos brutos del respectivo año, sean superiores a 100.000 UVT*.
  • En el caso de la declaración bimestral del impuesto sobre las ventas, el patrimonio bruto del responsable o agente retenedor en el último día del año inmediatamente anterior o los ingresos brutos de dicho año, sean superiores a 100.000 UVT*, o cuando la declaración del impuesto sobre las ventas presente un saldo a favor del responsable.
  • En el caso de la declaración de retenciones en la fuente, el patrimonio bruto del responsable o agente retenedor en el último día del año inmediatamente anterior o los ingresos brutos de dicho año, sean superiores a 100.000 UVT*.

* Nota: Valor de la UVT para el año 2014 $27.485; valor de la UVT para el año 2015 $28.279).

Cuando se cumpla la anterior condición, deberá informarse en la respectiva declaración el nombre completo y número de matrícula del contador público o revisor fiscal que firma la declaración.

También puede consultar:

Normatividad utilizada

Artículos, 596, 599, 602, 606 del E.T.

 

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