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Decreto 1165 de 2019: cambios que se destacan en materia aduanera y de comercio exterior


Decreto 1165 de 2019: cambios que se destacan en materia aduanera y de comercio exterior
Actualizado: 29 julio, 2019 (hace 5 años)

Este decreto simplifica puntos que ayudan a mejorar la logística o a reducir los trámites exigidos para las operaciones de comercio exterior. Se debe trabajar en infraestructura logística, transformación digital y mecanismos de simplificación, con lo que se mejoraría la balanza comercial del país.

El 11 de julio de 2019 el Grupo ZFB organizó un seminario en el que expertos en materia aduanera hablaron sobre las bondades que ofrecerá el Decreto 1165 del 2 de julio de 2019, cuyos cambios comenzarán a regir a partir del 3 de agosto del año en curso. Con este decreto se otorga seguridad y estabilidad jurídica a las operaciones de comercio exterior, a través de la consolidación de las normas vigentes en materia aduanera.

La norma en mención armoniza las diferentes disposiciones aduaneras que estaban vigentes en una sola normatividad, simplificando aspectos que contribuyen a mejorar la logística o a disminuir los trámites exigidos para las operaciones de comercio exterior.

Para Diego Vargas, gerente general de Zona Franca de Bogotá, con este decreto se continúa trabajando en los procesos de simplificación aduanera. «Lo que viene de manera urgente es la reglamentación de la nueva normatividad, para hacerla efectiva y aplicable a los diferentes operadores de comercio exterior», afirma.

Para él, a largo plazo el país debe trabajar en tres aspectos fundamentales, como son: infraestructura logística, transformación digital y mecanismos de simplificación, con los cuales se mejoraría la balanza comercial del país.

Según Ingrid Magnolia Díaz, directora de gestión de aduanas de la Dian, este decreto contribuye a la competitividad del país desde dos puntos de vista: “en temas de seguridad jurídica garantiza unas normas claras que regulan la operación de comercio exterior, tanto del sector público como el sector privado, y también las normas en materia de facilitación que se introdujeron en el régimen, las cuales esperamos que contribuyan a la reducción de costos y tiempos para nuestro usuarios hasta de dos días”.

“Esta legislación aclara las vigencias de la normatividad aduanera que regula las zonas francas, e introduce algunos aspectos que mejoran la competitividad de estas”

Anteriormente, en términos de zonas francas, el acceso y la política del instrumento se encontraban en el Decreto 2147 de 2016. Sin embargo, este último dejó de estar vigente, ya que se incorporaron en la nueva legislación del Decreto 1165, junto a los temas ya existentes de comercio exterior y aduanas.

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Esta legislación aclara las vigencias de la normatividad aduanera que regula las zonas francas, e introduce algunos aspectos que mejoran la competitividad de estas. Lo anterior, debido a que se simplifican los procedimientos aduaneros, lo cual resulta en agilidad y menos costos.

“La legislación aduanera en materia de zonas francas ha dado un paso gigante en la medida en que se reducen los trámites, como también aclara y evita la interpretación sobre las zonas francas. Este sector era el que más conceptos de la Dian tenía en materia de comercio exterior, y creemos que este decreto permitirá que las empresas operen con mayor agilidad y eficiencia dentro de los parques de zonas francas”, afirma el director nacional de zonas francas de la Andi, Edgar Orlando Martínez.

Cambios en materia de comercio exterior y sanciones

La firma Brigard Urrutia profundiza en otros puntos del decreto:

  • Nuevamente se otorga competencia a las direcciones seccionales de la Dian para la habilitación de depósitos privados transitorios, depósitos públicos de distribución internacional y autorizar el ingreso de medios de transporte por lugares no habilitados.
  • Hasta el 22 de marzo de 2020 permanecerán vigentes las calidades aduaneras de usuario aduanero permanente y usuario altamente exportador. En su lugar, se da paso al programa OEA, como un elemento de valor para los autorizados, debido a que los asociados de negocio buscarán vincularse con aquellos que se encuentren autorizados bajo esta figura.
  • Se incluyen nuevas disposiciones que aplican para los sistemas especiales de importación y exportación.
  • Se resaltan los cambios relacionados con la legalización y rescate de mercancías, dado que se aumentan de 15 a 30 los días para la legalización sin rescate de los sobrantes identificados luego de la nacionalización de la mercancía.
  • Se modifica la sanción por presentar fuera de término o no presentar declaración anticipada obligatoria.
  • Se ajustan las causales de aprehensión para mayor tipicidad y claridad, buscando su correcta aplicación.
  • Se hacen referencias expresas a los artículos de la norma y se incluye la figura de “errores formales no sancionables”.

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