Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto 1400 de 26-04-2007


Actualizado: 26 abril, 2007 (hace 17 años)

Decreto 1400

26-04-2007

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por el cual se amplia el plazo para el pago de la Contribución parafiscal para la Promoción del Turismo correspondiente al primer trimestre de 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 11 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 49 de la Ley 300 de 1996 y los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 1101 de 2006

DECRETA :

Artículo 1. Plazo para realizar la liquidación y el pago de la Contribución Parafiscal para la promoción del Turismo correspondiente al primer trimestre . La liquidación y el pago de la Contribución Parafiscal para la Promoción del Turismo correspondiente al primer trimestre de 2007 se podrá efectuar hasta el día 30 de mayo de 2007.

En lo sucesivo, la liquidación y pago de la Contribución Parafiscal correspondiente a cada período trimestral, se realizará en los términos previstos en el artículo 7º del Decreto 1036 de 2007.

Artículo 2. Vigencia El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., 26 ABRIL DE 2007

EL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO,

LUIS GUILLERMO PLATA PAEZ

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