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Decreto 1713 de 14-05-2009


Actualizado: 14 mayo, 2009 (hace 15 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Decreto 1713
14-05-2009

Por el cual se dictan disposiciones relacionadas con las operaciones realizadas por las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia con títulos valores con espacios en blanco.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el literal D del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

DECRETA

Artículo 1. Los títulos con espacios en blanco de que trata el artículo 622 del Código de Comercio, suscritos con ocasión de la celebración de operaciones activas por parte de las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia en desarrollo de su objeto principal autorizado por la ley, se consideran títulos valores para todos los efectos, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el Código de Comercio.

Cuando estas entidades dispongan de tales títulos, su importe se establecerá teniendo en cuenta el saldo de la obligación al momento de la transferencia, según los libros y registros contables y de conformidad con las instrucciones establecidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, Dicho valor debe ser certificado por el revisor fiscal de la respectiva entidad financiera.

Artículo 2. El presente decreto rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 14-05-2009.

Cordialmente,

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,
OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR

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