A través del Decreto 461 de 2020, el Ministerio de Hacienda faculta a los gobernadores y alcaldes para que reorienten las rentas de destinación específica de sus entidades territoriales, con el fin de llevar a cabo las acciones necesarias para hacer frente a las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19.
Por tanto, para la reorientación de recursos en el marco de la emergencia sanitaria no será necesaria la autorización de las asambleas de departamentos o consejos municipales. Sin embargo, estos recursos únicamente podrán estar reorientados a la atención de los gastos necesarios para enfrentar las causas que motivaron la declaratoria del estado de emergencia económica, social y ecológica.
Adicionalmente, tanto alcaldes y gobernadores tendrán la facultad de realizar adiciones, modificaciones, traslados y demás operaciones presupuestales a que haya lugar.
Ministerio de Hacienda
Decreto 461
marzo 22 de 2020
Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 461 de 2020, por medio del cual autoriza temporalmente a los gobernadores y alcaldes para la reorientación de rentas y la reducción de tarifas de impuestos territoriales, en el marco de la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto 417 de 2020.