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Decreto 4966 de 27-12-2007


Actualizado: 27 diciembre, 2007 (hace 16 años)

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

Decreto 4966
27-12-2007

Por el cual se establece el auxilio de transporte.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las leyes 15 de 1959 y 4 de 1992.

DECRETA:

Artículo 1. Fijar a partir del primero (1) de enero del año dos mil ocho (2008) en auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos (2) veces el salario minimo legal mensual vigente en la suma de cincuenta y cinco mil pesos ($ 55.000) en moneda corriente, mensuales, el cual se pagará por los empleadores en todos lo lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2. El presente decreto rige a partir del primero (1) de enero del año dos mil ocho (2008) y deroga el Decreto 4581 de 27 de diciembre de 2006.

Publiquese y cúmplase
Dado en Bogotá a los 27 Dic 2007

OSCAR IVAN ZULUAGA
Ministro de Hacienda y Crédito Público.

DIEGO PALACIO BETANCOURT
Ministro de la Protección Social

ANDRES URIEL GALLEGO
Ministro de Transporte

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