Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto 694 de 19-03-2003


Actualizado: 19 marzo, 2003 (hace 21 años)

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

DECRETO 694 DE 2003
(19 MAR. 2003)

Por el cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 1 del Decreto 522 de 2003

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en la Ley 788 de diciembre 27 de 2002,

DECRETA:

ARTICULO 1. Plazo para inscripción en el régimen simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas. Modifícase el parágrafo transitorio del artículo 1º del Decreto 522 del 7 de marzo de 2003, el cual quedará así:

"Parágrafo Transitorio. El plazo para la inscripción del Régimen Simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas, vencerá en las fechas que se indican a continuación, de acuerdo con el último dígito del documento de identificación:

SI EL ULTIMO DÍGITO ES: HASTA EL DÍA
0 14 de abril año 2003
9 15 de abril año 2003
8 16 de abril año 2003
7 21 de abril año 2003
6 22 de abril año 2003
5 23 de abril año 2003
4 24 de abril año 2003
3 25 de abril año 2003
2 28 de abril año 2003
1 29 de abril año 2003"

ARTICULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C.,

ROBERTO JUNGUITO BONNET
Ministro de Hacienda y Crédito Público 

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