Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto Único de Estándares Internacionales: 10 respuestas clave


Actualizado: 9 marzo, 2016 (hace 8 años)

El 14 de diciembre del 2015 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo emitió el Decreto 2420, por medio del cual unificó las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información; este fue posteriormente modificado por el Decreto 2496 del 2015.

Entidades del SGSSS y Cajas de Compensación podrán aplazar la aplicación de Estándares Internacionales

Según las indicaciones del Decreto 2496 del 2015, las entidades del sistema general de seguridad social en salud –SGSSS– y las cajas de compensación, podrán hacer una pausa en su proceso de convergencia. Esta decisión es un “salva vidas” para las entidades que atraviesan una grave crisis financiera.

Entrada en vigencia de modificaciones a los marcos normativos bajo Estándares Internacionales

Como será habitual cada año, en diciembre del 2015 se emitieron las modificaciones a los marcos normativos de información financiera a fin de incluir las nuevas disposiciones internacionales; existen varias fechas de entrada en vigencia según la temática en particular.

Modificaciones realizadas a la NIIF 10 de estados financieros consolidados

Las últimas indicaciones para la preparación de estados financieros consolidados se encuentran relacionadas con el reconocimiento de la pérdida del control de una matriz sobre una subsidiaria; en estos casos la entidad debe ser cuidadosa de los ajustes a realizar.

Modificaciones realizadas a la NIC 27 de estados financieros separados

Entre las modificaciones insertadas a la normativa nacional en diciembre del 2015 mediante el Decreto 2496, se autorizó en la NIC 27 –para los estados financieros separados– la medición de inversiones según el método de participación patrimonial, como opción adicional a la medición al costo.

Modificaciones a la NIC 28 de inversiones en asociadas y negocios conjuntos

Las entidades de inversión que sean controladoras de otras entidades y que además tengan inversión en asociadas, es decir inversión con influencia significativa y que estén exentas de la obligación de consolidar según la NIIF 10, no tendrán que aplicar el método de participación patrimonial que requiere la NIC 28 con relación a dichas asociadas.

Novedades en tratamiento de Propiedades, planta y equipo

Con relación a las propiedades, planta y equipo, cuyo tratamiento está dispuesto en la Sección 17 del Estándar Internacional para Pymes, las nuevas disposiciones del Decreto 2496 dieron vía libre para que este tipo de bienes sean valuados en su medición posterior por el método de revaluación.

Aplicación anticipada de revaluación de PPyE por parte de las pymes

En diciembre del 2015 se introdujeron en la normativa internacional varias enmiendas al marco normativo para pymes en correspondencia con las modificaciones realizadas por la IASB durante el 2015; aunque la nueva norma tiene autorización de aplicación anticipada, el calendario de convergencia no lo permite.

Últimas modificaciones a conceptos y principios fundamentales del Estándar para Pymes

Al momento de reconocer un ajuste, hecho económico o transacción de acuerdo a los requerimientos del marco normativo correspondiente, las pymes deberán determinar el nivel de dificultad que representa el reconocimiento de la operación; dicha consideración dependerá de las circunstancias específicas en que se desarrolle la entidad y el juicio interno de la gerencia con relación a los costos y beneficios derivados de la aplicación de los requerimientos del Estándar.

Tratamiento de aportes sociales para entidades de naturaleza solidaria según el Decreto 2496 del 2015

De acuerdo a las indicaciones del Decreto 2496 del 2015, los aportes sociales que se realicen a las entidades de naturaleza solidaria no deberán atender al criterio de reconocimiento que estaba vigente en congruencia con los Estándares Internacionales, sino nuevamente bajo el estándar local.

Intensión de acogerse voluntariamente al Grupo 1 para manejar inmuebles con revaluación

Antes del período 2017 ninguna pyme podrá realizar revaluación de activos en consideración de las nuevas disposiciones del Decreto 2496 del 2015, a menos que sea una nueva empresa creada cuando ya estaba en marcha el cronograma de convergencia, y que por solicitud expresa ante la Superintendencia pertinente, haya sido autorizada para trasladarse voluntariamente al Grupo 1 desde el inicio de sus operaciones, pues no puede olvidarse que como mínimo se deben sostener operaciones por tres años con un marco normativo antes de migrar a otro.

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