Actualmente y hasta el 2018, la totalidad de los pagos en efectivo que realicen los contribuyentes serán reconocidos fiscalmente como costos o deducciones en la declaración de renta. Sin embargo, a partir del 2019 el reconocimiento de dichos pagos se hará de manera porcentual y disminuirá gradualmente hasta el 2022.
Actualmente y hasta el 2018, los pagos en efectivo que realicen los contribuyentes serán reconocidos fiscalmente como costos, deducciones, pasivos o impuestos descontables en la declaración de renta del respectivo período gravable (siempre y cuando cumpla las demás condiciones establecidas en la ley para la procedencia de dichas deducciones). Sin embargo, con las modificaciones realizadas por el artículo 52 de la Ley 1739 del 2014 al artículo 771-5 del ET, a partir del 2019 la aceptación de los costos y gastos pagados en efectivo tendrán reconocimiento fiscal de manera porcentual, el cual disminuirá gradualmente hasta el 2022.
Así pues se aceptarán los pagos en efectivo de la siguiente manera:
En los pagos en efectivo que realicen los operadores de juegos de suerte y azar, la gradualidad se aplicará de la siguiente manera: