¿Los prestadores de servicios de transporte pueden deducir las expensas necesarias de la base de cotización a seguridad social? De ser así, ¿cómo puede el pagador verificar que dichos aportes se están realizando sobre la base correcta?
¿Los prestadores de servicios de transporte pueden deducir las expensas necesarias de la base de cotización a seguridad social? De ser así, ¿cómo puede el pagador verificar que dichos aportes se están realizando sobre la base correcta?