¿Se pueden restar en la declaración del año gravable 2020 los ingresos no gravados por el impuesto solidario por el COVID-19?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Se pueden restar en la declaración del año gravable 2020 los ingresos no gravados por el impuesto solidario por el COVID-19?
Preguntas resueltas 18 de febrero de 2021
El Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, da a conocer si el aporte voluntario del impuesto por COVID-19, creado mediante el artículo 9 del Decreto Ley 568 del 14 de abril de 2020, puede ser deducible en la declaración del año gravable 2020.
Para conocer más sobre el tema, te recomendamos leer nuestra publicación Ingreso no gravado por aporte voluntario por COVID-19: ¿se puede restar en declaración del AG 2020?.
No olvides que en nuestro Calendario tributario 2021 podrás encontrar fácil y rápido los plazos de las obligaciones tributarias para el año gravable en curso.