Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Deducción de medicina prepagada para los empleados en la declaración de renta de las empresas


Actualizado: 5 mayo, 2017 (hace 7 años)

¿Las empresas pueden deducir al 100% la medicina prepagada que le hayan pagado a sus empleados en la declaración de renta? ¿En qué renglón del formulario 110 se debe registrar?

Resuelta 19  de abril  de 2017

El Dr. Diego Guevara señala que si las empresas toman la decisión de efectuar ciertos pagos en beneficio de los empleados como medicina prepagada, servicios de educación o planes de telefonía móvil, deben tener presente que estos pagos no podrán tomarse como deducibles sino cumplen con lo consagrado en el artículo 87-1 del Estatuto Tributario, el cual no fue modificado con la Ley 1819 de 2016, y que se a refiere a lo siguiente:

“Art. 87-1. Otros gastos originados en la relación laboral no deducibles.

* -Adicionado- Los contribuyentes no podrán solicitar como costo o deducción, los pagos cuya finalidad sea remunerar de alguna forma y que no hayan formado parte de la base de retención en la fuente por ingresos laborales. Exceptúense de la anterior disposición los pagos no constitutivos de ingreso gravable o exentos para el trabajador, de conformidad con las normas tributarias incluidos los provistos en el artículo 387 del Estatuto Tributario.”

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